El cambio, aún pendiente de aprobación final por parte del Parlamento Europeo, busca encontrar un equilibrio entre la protección al consumidor y la viabilidad operativa de las compañías aéreas. Las aerolíneas, que desde hace años reclamaban una revisión de las condiciones de compensación establecidas en el Reglamento 261/2004, consideran que el nuevo umbral es más realista y ajustado a las dinámicas actuales del tráfico aéreo. Argumentan que los retrasos pueden deberse a múltiples factores fuera de su control, como condiciones meteorológicas adversas o problemas en la gestión del tráfico aéreo, y que asumir el coste de cada demora superior a tres horas era desproporcionado y perjudicial para su sostenibilidad financiera.
Por el contrario, organizaciones de consumidores y asociaciones de defensa de los derechos de los pasajeros han criticado con dureza la propuesta, al considerar que supone un retroceso en la protección de los usuarios. Desde su punto de vista, elevar a cuatro horas el requisito para obtener compensación monetaria implica una pérdida concreta de derechos ya consolidados, especialmente en un contexto donde las demoras son cada vez más frecuentes. Recuerdan, además, que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE ha ratificado en numerosas ocasiones la validez de la compensación a partir de las tres horas, estableciendo así un marco claro que ahora se ve modificado de forma polémica.
El debate también tiene una dimensión política. Algunos países miembros, como Alemania y Francia, han respaldado el cambio como una forma de dar mayor flexibilidad a sus aerolíneas de bandera, mientras que otras naciones, más orientadas al turismo y con alta dependencia del tráfico internacional, han mostrado reservas por el impacto negativo que podría tener en la percepción del viajero. La presidencia belga del Consejo de la UE, responsable de facilitar el consenso, ha insistido en que el acuerdo mantiene un alto nivel de protección para los usuarios y que otras medidas compensatorias —como el reembolso del billete, la obligación de asistencia o el derecho a ser reubicado en otro vuelo— seguirán vigentes sin cambios.
El sector aéreo, por su parte, ha recibido con alivio el principio de acuerdo, al entender que puede suponer una reducción importante en el número de indemnizaciones a pagar, especialmente en los vuelos de media distancia, donde el margen de rentabilidad es más ajustado. Las compañías han insistido, no obstante, en la necesidad de acompañar esta reforma con inversiones en infraestructura, coordinación aeroportuaria y digitalización de procesos, para mejorar la puntualidad y reducir los factores que generan retrasos.
Para que la medida entre en vigor, será necesario que el Parlamento Europeo apruebe el texto en una próxima sesión plenaria, en lo que se anticipa será una votación reñida. Diversos eurodiputados ya han anunciado su intención de oponerse, al considerar que la propuesta debilita los derechos adquiridos por los ciudadanos europeos. Hasta entonces, el Reglamento 261/2004 y sus interpretaciones judiciales seguirán aplicándose en los aeropuertos europeos.
Este nuevo escenario reabre el debate sobre hasta qué punto debe protegerse al viajero frente a las necesidades de sostenibilidad del sector aéreo. Y plantea, de nuevo, la eterna pregunta: ¿dónde está el equilibrio justo entre la rentabilidad empresarial y los derechos del consumidor en el transporte del siglo XXI?