Otro elemento clave de la revisión es la ampliación del derecho que tiene el viajero de cancelar su viaje combinado sin penalización cuando se dé alguna circunstancia extraordinaria e inevitable —ya sea en el lugar de origen o destino—, lo que incluye pandemias, catástrofes naturales o situaciones similares. Si el viajero opta por cancelarlo, el organizador estará obligado a ofrecer un reembolso o, si lo prefiere, un bono; en cualquier caso, antes deberá informar al cliente sobre las condiciones del bono, su validez y cómo puede usarse, garantizándose que esté cubierto ante una eventual insolvencia del organizador.
La nueva directiva también mejora la protección frente a la insolvencia de los organizadores de viajes combinados. En casos de quiebra, los consumidores tendrán mecanismos de garantía que permitan, dentro de plazos definidos, la devolución de lo ya pagado, de modo que los ciudadanos no queden desamparados ante situaciones como la suspensión de servicios contratados. Además, se apunta a la creación, por parte de los Estados miembros si lo consideran necesario, de fondos de reserva o mecanismos similares que refuercen esa protección financiera de los viajeros.
El Parlamento ha decidido además aclarar el ámbito legal de lo que se considera viaje combinado frente a los servicios vinculados. Esto era importante porque muchas reservas hechas por viajeros combinaban servicios de forma separada —por ejemplo vuelo por una web y alojamiento por otra— y no estaban claramente cubiertos. Con esta nueva definición se pretende eliminar la “zona gris” legal que dejaba sujetos al viajero a condiciones menos favorables dependiendo de cómo se hubiera hecho la compra.
Entre los sectores que han reaccionado con cautela a esta aprobación se encuentran agencias de viajes, turoperadores y plataformas digitales de ventas de paquetes turísticos, que advierten de que algunas exigencias podrían implicar costes operativos más altos, mayor complejidad administrativa y, en algunos casos, encarecer las ofertas al consumidor. Desde organizaciones como CEAV en España, han señalado que aunque muchos de los cambios son positivos, también hay “luces y sombras”; lo que para algunos representa una mejora en la claridad legal y seguridad para los viajeros, para otros puede suponer una limitación en sus modelos de negocio tradicionales.
Se espera que, una vez que se apruebe el texto definitivo —ya consensuado entre Parlamento, Comisión Europea y Consejo—, haya un periodo para su transposición a las legislaciones nacionales, de manera similar a otras directivas europeas, lo que dará margen a los Estados miembros para adaptar sus leyes y regulaciones al nuevo marco. Durante ese tiempo los operadores turísticos deberán revisar sus contratos, condiciones de venta, políticas de cancelación, adelantos, gestión de bonos y seguros para asegurarse de cumplir lo que exige la nueva normativa.
Esta revisión de la Directiva de Viajes Combinados representa un paso relevante en la protección al consumidor en el ámbito turístico europeo: refuerza derechos muy reclamados, impulsa transparencia, reduce riesgos financieros para quienes viajan y obliga a la industria a elevar sus estándares contractuales y de responsabilidad. Para el viajero europeo, supone mayor seguridad al contratar viajes que combinan varios servicios y menor incertidumbre ante imprevistos. Así, la Unión Europea apunta a equilibrar mejor los derechos del turista con la viabilidad del sector, buscando un turismo más justo, fiable y transparente.